El Consejo Consultivo de Género (CCG), manifiesta su preocupación, ante la reforma realizada por el Tribunal Electoral al Decreto 12 de 2018, mediante el Decreto 19 de 2018, en lo relativo a la participación política de las mujeres.
05 mayo 2018 |
Este instrumento, que se conoce como la Carta de Derechos Humanos de las Mujeres, define la discriminación como “toda
distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera”.
Desde el año 2010, el Comité de seguimiento de la CEDAW, realizó observaciones al Estado Panameño, pues no había tomado las medidas necesarias para garantizar que los partidos políticos cumplieran con la cuota de participación, destacando su preocupación, en palabras del Comité, por la “falta de conciencia e interés de los partidos políticos sobre la inclusión de más mujeres”.
Una manera en que Panamá buscó cumplir con su obligación de tomar medidas para eliminar la discriminación contra las mujeres, en lo referente a la participación política, fue mediante la adopción de una serie de reformas legislativas, las que conllevan a que, en la actualidad, el artículo 303 del Código Electoral disponga que se debe garantizar que, como mínimo, el 50% de las candidaturas sean para mujeres; correspondiendo al Tribunal Electoral adoptar las medidas reglamentarias pertinentes, para asegurar que los partidos políticos cumplan con lo dispuesto por la ley.
En este contexto, el CCG considera que las reformas recientes, podrían interpretarse como un incumplimiento por parte del Estado de su deber de garantía con respecto al derecho a la igualdad. Esto, puesto que en lugar de fortalecer las medidas que se habían dispuesto para asegurar el cumplimiento del artículo 303, las mismas se flexibilizaron aún más. Lo anterior, representa un retroceso en la materia, pues obstaculiza el logro de la igualdad sustantiva, facilitando la perpetuación de la exclusión histórica de las mujeres de los espacios de poder.
Desde el CCG, como ente consultivo de la Defensoría del Pueblo, encargado entre otros aspectos del monitoreo de las acciones realizadas por el Estado en materia de derechos de las mujeres, lamentamos profundamente esta decisión, por lo que nos solidarizamos con el Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos (FONAMUPP) y el Grupo Iniciativa por la Paridad, organizaciones integrantes del CCG, quienes han encabezado la defensa del derecho a la participación política de las mujeres desde que se conocieron estas reformas.
A su vez, recomendamos al Tribunal Electoral realizar una revisión exhaustiva de las últimas decisiones adoptas, con la finalidad de adecuar las mismas, a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos de las mujeres e indicamos que nos mantendremos alertas y en acompañamiento de las acciones que se realicen, para garantizar los derechos humanos de las mujeres en los diversos ámbitos, incluyendo en la esfera de participación política.
Suscrito por: Central General de Trabajadores de Panamá (CGTP), Centro de la Mujer Panameña (CEMP), Centro de Estudios y Capacitación Familiar (CEFA), Comité de América Latina y El Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), Espacio de Encuentro de Mujeres (EEM), Foro Nacional de Mujeres de Partidos Políticos (FONAMUPP), Fundación para la Equidad de Género (FUNDAGÉNERO), Grupo Iniciativa por la Paridad (GIPP), Instituto de la Mujer de la Universidad de Panamá (IMUP), Red Nacional de Mujeres Afrodescendientes de Panamá (REMAP), Unión Nacional de Abogadas (UNA), Unión Nacional de Mujeres de Panamá (UNAMUP), Programa Mujeres Seguras de la Alcaldía de Panamá, Instituto Nacional de la Mujer (INAMU), Defensoría del Pueblo de la República de Panamá.